1. La licencia administrativa consiste en la suspensión transitoria de los derechos societarios que se restablecerán una vez que desaparezcan las condiciones que la generaron.
2. La licencia administrativa no podrá extenderse por más de 24 meses y se podrá acceder hasta dos veces a esta categoría.
3. Se accede a la situación de licencia administrativa.
3.1. En forma automática al cumplirse 6 meses de morosidad con las obligaciones sociales, dando cuenta la Comisión Directiva al Tribunal de Honor. 3.2. A pedido de parte interesada, con razones justificadas y previa autorización de la Comisión Directiva.
4. En el caso de morosidad, su hipotética reincorporación a los cuadros sociales activos, supondrá como condición previa, el pago actualizado de su deuda.
5. Al momento de restablecerse los derechos societarios, el monto de lo correspondiente al lapso de su desvinculación, se saldará de la siguiente forma:
6 o menos – 1 cuota 7-12 – 2 cuotas 13-18 – 3 cuotas 19-24 – 4 cuotas